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Discusión ya Bizantina, a Decir de Algunos Aun cuando existan leyes de regulación ya establecidas, la misma estructura del flujo informático dificulta su ejercicio. Por Francisco Castillo Vargas En la ya distante década de los cuarenta, la Organización de Naciones Unidas (ONU) adoptó como objetivo principal la promoción internacional de la Doctrina del Libre Flujo de Información en todos los medios de comunicación, basándose en la idea de un sistema mundial abierto y con plena libertad de operaciones. Con gran sentido de antelación, ya desde entonces la ONU preveía que el sector de comunicaciones e información representaría en el mundo económico desarrollado uno de los aspectos más avanzados y a la vez poderoso. La informática traería consigo, en efecto, la organización de equipos tecnológicos como las computadoras y los satélites -necesarios para las actividades comerciales de las grandes empresas-, así como la configuración de la infraestructura y el manejo técnico en cuanto a la aplicación y el uso de la información a nivel regional como internacional. En la estabilidad de las grandes empresas la informática jugaría un papel esencial en virtud de que la información sería asumida como materia prima o recurso natural. La información y los datos, al digitalizarse y codificarse, se convertirían en una mercancía sin parangón alguno pero que, al igual que toda mercancía, debía ser controlada, regulada y sujeta a impuestos con la posibilidad de ser utilizada -mediante convenios previamente establecidos- con otras naciones. Igual de importante, según se advirtió, sería el control sobre su producción y distribución que empezó a manejarse a discreción, de acuerdo con el principio liberal de "dejar hacer, dejar pasar". Sin embargo, a diferencia de los recursos naturales, la información empaquetada permitiría no sólo que esta misma se pudiera vender varias veces, sino incluso que se pudiera reproducir subrepticiamente, dando lugar a la proliferación de la piratería. En tales circunstancias, de inicio quedaría descartada la posibilidad de algo así como nacionalizar la industria de la computación, dado el carácter del manejo por las computadoras de la información a nivel internacional. Y en virtud de tal cobertura, los empresarios impulsarían la transferencia de tecnología y la venta de los servicios informáticos. Ahora bien, la Doctrina del Libre Flujo de Información se aplica a la transferencia de noticias y datos entre fronteras, donde la información manejada es básicamente económica y técnica. Sin embargo, fue tal el desequilibrio que se fue generando en el flujo mundial de información, que ello indujo a los países en desarrollo a intentar una reestructuración al respecto a través del Nuevo Orden Internacional Informativo. La velocidad del flujo informático Ðhoy exponencialmente incrementada vía Internet- habría de desbordar, sin embargo, los alambiques de la regulación pues lo involucraban en una serie de procesos lentos y burocráticos, a diferencia de la informática corporativa que es rápida y se despliega sin traba alguna. Por otra parte, la enorme inversión de capital financiero, junto con la promoción necesaria en la implementación de redes de computadoras, es por lo general inyectada en la infraestructura industrial de un país mucho antes de que se conciban leyes regulatorias. No es extraño, por tanto, que aun cuando tales leyes estén ya establecidas, la misma estructura del flujo informático dificulte su ejercicio. El flujo de información entre países opera evidentemente dentro del tejido protector de la Doctrina del Libre Flujo Informativo. Desde la perspectiva de las empresas proveedoras de Tecnología de la Información, el flujo ininterrumpido de todo tipo de información se considera como la máxima expresión internacional de la libertad de expresión. Y en tal lógica, cualquier intento de regular el flujo informático es denunciado como censura e infracción de la libertad. Se ha constatado, sin embargo, que no es posible superar problemas tales como la piratería y la ciberdelincuencia sin que existan leyes específicas de protección. De ahí que sea preciso crear un concepto de regulación que sin implicar obstáculo alguno para el desarrollo de la sociedad informática, coadyuve a la erradicación de esas lacras de la informática. Aristóteles, creador de la doctrina del "justo medio", tal vez nos hubiera propuesto algo así.
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